• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANDRES PALOMO DEL ARCO
  • Nº Recurso: 506/2023
  • Fecha: 18/06/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se analiza la condena por un delito de abuso sexual sobre menor de dieciséis años. Error sobre la edad: no acreditado. No hay consentimiento: "dejarse hacer", hallándose la menor indispuesta, hasta el extremo de necesitar ayuda para desvestirse y asearse, tras haber vomitado, sin autonomía para ducharse sola y sin solución de continuidad, pasa a la práctica sexual. Por otra parte, se precisa que entre la víctima y el acusado existe una diferencia de edad de 10 años.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Donostia-San Sebastián
  • Ponente: JUANA MARIA UNANUE ARRATIBEL
  • Nº Recurso: 391/2025
  • Fecha: 17/06/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala confirma la sentencia que condenó por un delito de conducción bajo los efectos del alcohol, un delito de homicidio por imprudencia grave y un delito de abandono del lugar del accidente. La aplicación de la circunstancia atenuante de reparación del daño solo es aplicable cuando la referida reparación es suficientemente significativa y relevante, pues no procede conceder efecto atenuatorio a acciones fácticas, que únicamente pretenden buscar la minoración de la respuesta punitiva sin contribuir de modo eficiente y significativa a la efectiva reparación del daño ocasionado. En el caso de autos no se aplica al no ser relevante la reparación efectuada.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CARMEN LAMELA DIAZ
  • Nº Recurso: 535/2023
  • Fecha: 12/06/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El condenado formula recurso de casación contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia que ratificó la condena por un delito de abuso sexual a menor de 16 años. Ámbito del recurso de casación tras la reforma de la Ley 41/2015. No puede consistir en una simple reiteración del contenido de la impugnación realizada en el recurso de apelación. El recurso ha de abrir un debate directo con la sentencia de apelación, tratando de rebatir o contradecir sus argumentos. Presunción de inocencia. La Sala, tras exponer el control casacional sobre la presunción de inocencia, concluye que la declaración de la víctima cumple las exigencias establecidas en la jurisprudencia y constituye prueba de cargo suficiente. Principio in dubio pro reo. Dicho principio decae si el tribunal sentenciador expresa su convicción sin duda razonable alguna. Exención de responsabilidad penal del artículo 183 quáter del Código Penal. Doctrina de la Sala. STS Pleno 85/2024, de 16 de enero. No cabe la apreciación de una atenuante analógica derivada del artículo 183 quáter del Código Penal. Dilaciones indebidas. Requisitos. Debe tratarse de una dilación extraordinaria e indebida en la tramitación del procedimiento, lo que excluye los retrasos que no merezcan estas calificaciones; y, además, que no sea atribuible al propio inculpado y que no guarde proporción con la complejidad de la causa.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Lleida
  • Ponente: MARIA ANGELES ANDRES LLOVERA
  • Nº Recurso: 46/2024
  • Fecha: 12/06/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Tras celebrar juicio oral la Audiencia condena al acusado como autor de un delito contra la salud pública por tenencia de droga con destino al tráfico de terceros. Los hechos probados indican que el acusado fue sorprendido en posesión de sustancias estupefacientes, así como de dinero en efectivo, en el interior de un bar lo que sugiere que las drogas estaban destinadas a la venta. La defensa argumentó que no existía delito, alegando que las sustancias eran para consumo propio, razonando la Sala que en cuanto al elemento tendencial del destino de la droga a tráfico, ilícito, resulta no sólo de sus propias contradicciones, habiendo negado que portara droga, y que se la colocó un tercero para luego manifestar su defensa en el informe final que la sustancia intervenida era para su propio consumo, cuando no obra a lo largo de toda la causa ninguna justificación de su condición de toxicómano, más allá de sus propias manifestaciones exculpatorias y las de su letrada. Ello unido a la forma de presentación de la sustancia intervenida y el hallazgo de dinero en billetes fraccionados. Estos datos resultan indicios inequívocos de que la droga que el acusado llevaba consigo y que fue intervenida de inmediato por los agentes que llevaban a cabo un operativo especial, estaba destinada a ser distribuida a terceros, máxime cuando el local donde se produjo la intervención era un lugar habitual de venta y consumo de droga. Finalmente la Sala considera que no se acreditó la condición de toxicómano del acusado ni se justificaron las dilaciones en el proceso.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANDRES PALOMO DEL ARCO
  • Nº Recurso: 6211/2022
  • Fecha: 11/06/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Delitos contra la Hacienda Publica en relación con el impuesto sobre los gases fluorados de efecto invernadero (IGFEI). Delito de falsedad documental: continuidad. La atenuante de confesión. Se acepta como atenuante analógica la confesión tardía, pero en modo alguno se equipara a un simple reconocimiento de hechos. La atenuante de reparación del daño: no concurre. Ninguno de los tres condenados han abonado el importe de la responsabilidad civil, sino que fue abonado por la empresa, con lo que ningún esfuerzo patrimonial puede ser valorado a efectos de determinar la cualificación de la referida circunstancia atenuante, toda vez que el pago señalado fue ajeno a su patrimonio. A pesar de la gran objetivación de la atenuante, el pago de la indemnización debe realizarse de forma personal, como se deriva de la literalidad del art. 21.5ª CP.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: PABLO LLARENA CONDE
  • Nº Recurso: 7776/2022
  • Fecha: 10/06/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se analiza la condena por un delito continuado de abuso sexual de los artículos 183.3, 183.4 y 74 del Código Penal, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, habiéndose impuesto una pena de prisión de once años y accesorias correspondientes. Se resuelve sobre la problemática vinculada a la duración máxima de la instrucción: artículo 324 de la LECRIM. Cómputo desde la incoación del procedimiento judicial y no desde la incoación de Diligencias de Investigación por el Ministerio Fiscal. Se descarta la vulneración del derecho a la presunción de inocencia. Se analiza la apreciación de la atenuante de dilaciones indebidas del artículo 21.6 CP. Finalmente se deniega la revisión de sentencia. La pena prevista en la legislación vigente a la fecha en la que los hechos tuvieron lugar, resulta más favorable para el penado que la que deriva de la LO 10/2022 o de la LO 4/2023.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Donostia-San Sebastián
  • Ponente: JULIAN GARCIA MARCOS
  • Nº Recurso: 758/2024
  • Fecha: 09/06/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El Tribunal analiza la posible concurrencia de las tres atenuantes invocadas por la defensa: a) la atenuante de reparación del daño; b) la atenuante de confesión tardía de los hechos; y c) la atenuante analógica de realizar los hechos bajo los efectos del alcohol. El Tribunal considera que no concurren los requisitos de las atenuantes de reparación del daño y de confesión, pero sí que aprecia la atenuante analógica de embriaguez.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Coruña (A)
  • Ponente: MARIA LUCIA LAMAZARES LOPEZ
  • Nº Recurso: 401/2025
  • Fecha: 04/06/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El Juzgado de lo penal condena los acusados como autores de un delito de robo con violencia o intimidación con instrumento peligroso, un delito de lesiones con instrumento peligroso y un delito leve de lesiones, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal. Las representaciones procesales de los acusados interpone recurso de apelación alegando error en la valoración de la prueba y vulneración del derecho la presunción de inocencia, solicitando la revocación de la sentencia la libre absolución. La audiencia Provincial desestima los recursos de apelación y confirma íntegramente la sentencia.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE LUIS SANCHEZ TRUJILLANO
  • Nº Recurso: 794/2025
  • Fecha: 03/06/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El recurrente rrsultó condenado en la instancia por la comisión de dos delitos intentados de robo en casa habitada y la Sala, tras examinar la prueba existente en torno del primero de los delitos, señala que la única acreditación acerca del mismo habría de derivar del reconocimiento efectuado por un testigo y si bien no se cuestiona la posibilidad de que el mismo conociera con carácter inicial al recurrente, lo cierto es que, aunque fuese así, otra cosa es que las imágenes de la grabación de los hechos fueran lo suficientemente nítidas como para llevar a cabo una identificación, máxime cuando, en determinados momentos, el individuo actuó con gorra, cuando no con mascarilla-y otra diferente es que, por mucho conocimiento que pudiera tener el testigo del recurrente o por muy extraño modo de andar que pudiera percibir, la identificación se acabara realizando por hechos relativamente imprecisos o ambiguos como el aspecto físico de la persona grabada, la forma de andar, los hombros caídos, la extrema delgadez o las hendiduras en la cara del intruso citado-en los términos en que se expresa la sentencia recurrida-, sin que tal identificación resulte avalado por ningún otro tipo de prueba, lo que determina que se decrete su absolución por el referido delito. Se aplica la atenuante analógica de drogadicción, respecto del otro delito, al ser el acusado consumidor de sustancias estupefacientes desde hace muchos años.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Civil y Penal
  • Municipio: Palma de Mallorca
  • Ponente: ALVARO LATORRE LOPEZ
  • Nº Recurso: 29/2025
  • Fecha: 02/06/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Entiende el apelante que era imprescindible contar con las cartas, paquetes y objetos en la mesa del tribunal, al haber negado éste haber efectuado envío alguno. Es necesario que, en este caso la defensa del acusado, hubiese solicitado la exhibición de los paquetes, cartas y objetos que constituyen las piezas de convicción y que esa petición hubiese sido denegada por no disponer de las mismas el tribunal, continuando no obstante el juicio, pese a que la parte interesada hubiese expuesto la significación y valor probatorio de que disponían para sustentar su tesis. En ningún momento, en el caso, solicitó el letrado defensor la exhibición de las pieza de convicción, no cabe pronunciarse sobre la trascendencia de una prueba cuya práctica no fue solicitada. Cadena de custodia. La cadena no constituye un fin en sí mismo, tan solo tiene un valor instrumental para garantizar la indemnidad de las evidencias desde que son recogidas hasta que se analizan y que, en caso de quiebra, afecta a la credibilidad del análisis, no a su validez. La defensa nada solicitó sobre la cadena de custodia durante la instrucción del procedimiento, a fin de averiguar si se había respetado la normativa administrativa aplicable, además, incluso cuando se detecta algún error, cosa que aquí no sucede, tampoco supone por sí solo sustento racional suficiente para sospechar que los objetos analizados no fueran los intervenidos.

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